
En primer lugar, cumplimos con los principios de la Ley Provincial de Educación, que prescriben como política de estado:"Asegurar una educación para todos los alumnos que favorezca la construcción de un pensamiento crítico para la interpelación de la realidad, su comprensión y la construcción de herramientas para incidir y transformarla." (Ley Provincial de Educación, Cap. 2, Art. 16).
Por otro lado, el marco general de la Escuela Secundaria presentado en el año 2007, aún vigente, expresa que “…los nuevos diseños curriculares elaborados a partir de la Ley de Educación Provincial Nº 13.688 (…) se asumen como comunes, prescriptivos, paradigmáticos y relacionales.” Y especifica:

Otro marco legal que nos respalda es el Plan Educativo Jurisdiccional del año 2013, que marca como unos de sus principios "El enfoque de derechos" y "Memoria e identidad" para proyectar y ejercer nuestras prácticas en el aula.
Esto quiere decir que cada docente de cualquier espacio curricular debe trabajar ejes tales como “justicia” o “ciudadanía”, de manera inherente DERECHOS HUMANOS, y por qué no entonces, protesta social, democracia y rol de las fuerzas armadas, entre otros temas.
No solo los paradigmas nos avalan, también la característica relacional de los diseños que explicita el carácter social de la educación, adoptando “una concepción relacional del sujeto pedagógico”, entendiendo que se educa y se aprende a partir de la interacción en el diálogo y la práctica cotidiana de los sujetos sociales (históricos e interculturales).

Lista Marrón – SUTEBA Florencio Varela.
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